La Comisión Europea ha sentado ya en el banquillo de los acusados del Tribunal de Justicia Europeo (TJE) a las dos leyes urbanísticas valencianas. El ejecutivo comunitario ha presentado ya el escrito de denuncia, que formalmente se dirige “contra el Reino de España”, pero que va directo a la línea de flotación del urbanismo valenciano de los últimos catorce años.
El ejecutivo comunitario considera que se han “incumplido” dos directivas europeas.
Los motivos que alega la Comisión Europea en su escrito de denuncia son ya viejos conocidos, lo que revela la ineficacia de las alegaciones enviadas desde la Generalitat y
Aspectos concretos:
A continuación la Comisión Europea detalla los “aspectos” que la LUV incumple de las directivas citadas: “la posición privilegiada del primer licitador, a la experiencia de los licitadores en contratos similares, a la presentación de alternativas a la propuesta del primer licitador en sobre abierto, a la regulación de las variantes, a los criterios de adjudicación de los PAI, a la posibilidad de modificar el contrato tras su adjudicación (por ejemplo, la posibilidad de incrementar cargas de urbanización) y a la regulación de los supuestos de ejecución incompleta del contrato por parte del licitador adjudicatario”.
El juicio podría tardar dos años más
Una nueva etapa de incertidumbre jurídica se extiende ante las leyes urbanísticas valencianas. La Comisión Europea (CE) cree que tanto la LRAU como la LUV incumplen varias directivas europeas, pero ahora es el Tribunal de Justicia Europeo TJE quien debe de pronunciarse. Cada caso tarda, de media, entre año y medio o dos años en resolverse. Tras el escrito presentado por la Comisión contra la LRAU y la LUV pueden pasar tres cosas, según explicaron ayer fuentes de la Comisión Europea. “Si el Tribunal rechaza las acusaciones de la comisión, no pasa nada”. Pero si se inicia el juicio, primero hay una primera fase escrita en la que se presenta la demanda (la Comisión ya lo ha hecho) y la parte denunciada puede responder también por escrito. Después, se celebra la vista oral, como un juicio español, con las acusaciones, las defensas…
“Si el TJE da la razón a la Comisión, España deberá adaptar la ley en el plazo que se dé para que respete la legislación comunitaria”, según fuentes de la Comisión Europea. Por último, si el ejecutivo comunitario verifica que no se ha modificado la legislación “puede sugerirle al TJE que imponga una sanción al país en cuestión”. La multa a un Estado miembro está regulada en el artículo 228 del Tratado de la Unión Europea.

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