• La finalidad de la línea es apoyar las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior.

• El comercio es el segundo sector de la economía nacional en cuanto a creación de empleo y sus empresas representan casi el 25% del total de empresas de nuestro país.

• La convocatoria ha sido acordada por la Conferencia Sectorial de Comercio Interior reunida hoy bajo la presidencia de la Secretaria de Estado de Comercio, Silvia Iranzo.

La Conferencia Sectorial de Comercio, presidida por la secretaria de Estado de Comercio, Silvia Iranzo, convocó ayer para el año 2010 la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Modernización al Comercio Interior, cuya dotación es de 14,7 millones de euros, cantidad a la que hay que sumar el remanente neto del ejercicio presupuestario del año 2009, que asciende a 15 millones.

Esta línea, junto con el Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad 2009-2012, el Observatorio de precios y la reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, forma parte de las líneas maestras de ayudas al pequeño comercio que el ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebasetián, presentó en junio de 2008, en el Parlamento

La línea de financiación tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior y con ella se movilizan recursos adicionales a los correspondientes al Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad en el Comercio 2009-2012.

El comercio es el segundo sector de la economía nacional en cuanto a creación de empleo, solo superado por la industria. La población ocupada en el sector del comercio representa el 16% del total de ocupados de la economía española, de los que más de 2 millones son asalariados de sectores de población con bajos niveles de cualificación, donde el 74% de los mismos son mujeres.

Las empresas del sector del comercio representan casi el 25% del total de empresas de la economía española; el 99,9%, son PYME, es decir, empresas de menos de 250 asalariados y, de éstas, el 95,6% son microempresas (0 a 9 asalariados), donde el porcentaje de autónomos es muy elevado.

Características.

1. La financiación que se convoca consistirá en préstamos sobre un máximo, por beneficiario y año, del 80 por ciento del valor del proyecto, con una cuantía límite del valor del proyecto de 800.000 euros y un tipo de interés fijo al 0%, más hasta el 1,5%.

2. Los plazos de amortización serán de cinco, siete y diez años, con posibilidad de 1, 2 ó 3 años de carencia de principal, respectivamente.

3. No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.

Beneficiarios

Podrán acogerse a la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior:

a) las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas,

b) las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales,

c) las cámaras oficiales de comercio y

d) las pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector comercio.

Proyectos que pueden ser objeto de financiación

Los proyectos de inversión que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las categorías siguientes:

1ª. Consolidación de centros comerciales abiertos y mejora de las infraestructuras que incidan favorablemente en el comercio urbano de proximidad.

2ª. Remodelación de los mercados municipales minoristas que no implique modificación de la actividad original, modernización de sus puestos de venta o instalación de cualquier elemento necesario para la mejora de la actividad comercial de éstos.

3ª. Creación y/o acondicionamiento de locales municipales de usos múltiples para la actividad comercial en las zonas rurales.

4ª. Acondicionamiento de espacios para la venta no sedentaria y provisión de servicios en los mismos.

Requisitos de los proyectos para ser objeto de financiación.

1. Los proyectos de inversión que se presenten se deberán realizar en el territorio nacional, tener un valor mínimo de 150.000 euros y enmarcarse en, al menos, alguna de las categorías contempladas en el apartado quinto del presente acuerdo.

2. Los proyectos no deberán haber sido iniciados con anterioridad a la solicitud.

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