El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Ibi, solicitó el 28 de octubre de 2010 poder grabar los plenos municipales con medios propios, es decir, con una cámara y un técnico nuestro. La Alcaldesa nos respondió denegándonos esta solicitud.

Ante esta respuesta que consideramos arbitraria e injusta, decidimos presentar recurso de reposición al que adjuntamos una sentencia de otra población (Manises) en la que se daba la razón a un particular que solicitaba grabar. La sentencia recogía un gran número de casos iguales que suponen una dilatada jurisprudencia a favor del derecho a grabar.

Esta vez nos respondió el Sr. Secretario de la Corporación denegándonos esta solicitud alegando lo siguiente:

“[…] esta Alcaldía, ha venido considerando que la grabación indiscriminada de las sesiones del Pleno, por cualquier asistente, dificulta su desarrollo, por cuanto ello da lugar a alteraciones del orden y situaciones que no tienen cabida en el papel reservado al público, de meros espectadores de la sesión. “

“Así pues, lo que se pretende con dicha medida, es garantizar la tranquilidad de la sesión y que esta pueda desarrollarse con normalidad, sin que los miembros de la Corporación se vean inquietados por la grabación individual e indiscriminada. Es cierto, que la interpretación de dicha tranquilidad así como de las situaciones en que se vea comprometida, tiene un cierto componente subjetivo y se basan en una valoración personal de la Alcaldía”.

Según esto, el Secretario del Ayuntamiento y la Sra. Alcaldesa consideran que se altera el orden si el Grupo Socialista poner una cámara a grabar, pero si la pone Tele Ibi no.

Además admite que se basa en una valoración subjetiva de la Sra. Alcaldesa.

Pero continua diciendo el informe que “Así, se entiende que se producen distracciones de los miembros de la corporación y tensiones derivadas, tanto del extraño comportamiento en que se convierte la asistencia de ciudadanos grabando la sesión por diferentes medios, como del derecho de los demás asistentes a no ser grabados en un espacio público al que asisten sin prestar su consentimiento para dicha grabación y, menos aún para la posterior utilización de dichas imágenes con fines privados”.

Es decir, que el Grupo Municipal Socialista, al poner una cámara en el Pleno, provoca distracciones en los miembros de la corporación. Y la cámara de Tele Ibi ¿por qué no provoca estas distracciones?

Pero además habla del derecho de los asistentes a los Plenos a no ser grabados en un espacio público sin su consentimiento ¿Tele Ibi no graba al público? ¿Los medios de comunicación escritos que hay en el Pleno, no han fotografiado nunca al público? ¿Les piden permiso?

Una vez más se demuestra la doble vara de medir de la Sra. Alcaldesa.

Estamos hablando de un derecho constitucional. Hablamos de que existe amplia y reciente jurisprudencia dando la razón al ciudadano que quiere grabar. Además nosotros lo solicitábamos como grupo político, como personas que están participando en el pleno.

¿Por qué tanto empeño en prohibirnos grabar? Porque así la Sr. Alcaldesa pierde el control sobre lo que se le emite a la ciudadanía, es decir, ya no podría ordenar que corten secuencias del pleno, se escucharía también las voces fuera de micro, ya no se cerraría el plano cuando a ella no le interesa que algo se vea,…

Que la ciudadanía lo vea todo, que se den cuenta de todo, es algo que no le interesa a la Sra. Alcaldesa.

En fin, una muestra más de autoritarismo y abuso de poder.

Para ver el informe completo del Sr. Secretario pincha aquí.

Para ver la sentencia de Manises con la jurisprudencia pincha aquí.

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15 COMENTARIOS

  1. Se demuestra una vez más que la Alcaldesa de este buen pueblo es arbitraria y opaca. Es una dictadora. Es necesario que la pongamos en su sitio , que no es otro que la Oposicion en este ayuntamiento.

  2. Esperemos que cuando esteis vosotros lo hagais mas transparente , por que si hay que meter un contencioso como el de Manines y a los 7-8 años te dan la razón , hay algunos que igual no tienen dientes y a otros le han salido los dientes con caries y todo.De eso se vale la Ilustrisima.

  3. Mientras que no se cree un procedimiento administrativo de obligado cumplimiento gobierne quien gobierne , todo esto acabara en los juzgados y eso no es buena señal ; como por ejemplo ¿Cuantas denuncias existen en los juzgados entre partidos politicos y gobiernos por negarse a facilitar informes sobre gastos en los Ayuntamientos ? quien paga estos juicios cuando se Gobierna , ¿en verdad defienden los intereses del Pueblo ?, ¿o son los intereses propios? Por favor Transpariencia y animo que teneis trabajo para transparentar.

  4. Me acabo de leer el informe del secretario. Y no veo por ninguna parte que se prohiba la grabación. Se dice que el público más o menos debe ser pasivo. Yo tengo claro que cualquier persona que graba se ve obligada a ser pasiva porque de lo contrario la calidad de la grabación sería pésima. Aparte que claramente el mismo secretarío reconoce que la legislación que explica EN NINGÚN CASO PUEDE IR EN PERJUICIO DE LAS NORMAS BÁSICAS DEL ESTADO. Y nuestra norma básica es la CONSTITUCIÓN que si que permite la grabación. Este hombre nos quiere engañar o no tiene ni idea de lo que se lleva entre manos.

  5. Despues de leerlo creo que queda claro que SI se puede grabar el pleno si el que graba no dice ni pio, aunque la Maite te hable y te diga cosas, es decir quien quiera grabar que grabe pero calladito, es decir como se ha hecho hasta ahora salvo cuando la alcaldesa se dirige al publico, lo que hay que hacer a partir de ahora es no hacerla caso, como si no estuviera….

  6. La relación entre Mayte Parra y las cámaras de televisión se merece un estudio doctoral. Es muy revelador observar sus reticencias a que se graben los plenos, teniendo en cuenta que llamó a un cámara de televisión para que grabase la entrada de los técnicos de urbanismo en la casita de campo de mi esposa ¿cómo se come?

    Por cierto, hoy en la reunión del Consejo de Administración de Radio Ibi (una empresa municipal), el Secretario ha dicho que no estaba dispuesto a reflejar en el acta de la reunión las intervenciones de Arturo Domenech ni las mías, que somos invitados a estas reuniones con voz pero sin voto.

  7. Pues como dice Basseta es contradictorio lo que pasa con Maite Parra y las cámaras. Cuando decide salir del Ayuntamiento para ver aunque sea como pintan un paso de cebra, bien que exige que esté allí una camara para inmortalizar el acto. Y en inauguraciones nunca se ha visto que prohíba a ningún ciudadano el uso de la cámara. Con lo que hay que deducir que le asusta que se graben sus intervenciones en plenos.

  8. Si Basseta, el espectáculo de hoy en el Consejo de Administracion de Radio Ibi ha sido penoso. A estas alturas, con la que está cayendo que hasta el Secretario de este consejo se niegue a recoger en acta nuestras intervenciones, es patético a la vez que, a mi juicio, ilegal. Una vez más se nos trata de tontos, poco más que decirnos que nos vayamos a nuestra casa y que no molestemos más. Espero que , como le hemos pedido, justifique con base legal su proceder en este asunto.

  9. Yolanda enhorabuena por tu artículo y por tu intervención en el último pleno. Sigue así, alto, claro y sin pelos en la lengua y, sobretodo, al grano.
    Según comentan Basseta y Arturo, la actuación del secretario del consejo de administración de radio ibi fue, cuanto menos, sospechosa… El informe de las grabaciones del pleno, raro, raro. ¿por qué será?

  10. Lo que faltaba, encima de que teneis vetado ir a la Radio en las mismas condiciones que los Peperos, encima de que en Tele Ibi no os sacan ni por error, ahora el Secretario se niega a tomar nota de vuestras intervenciones. ¿No hay nadie que pueda arreglar esto?. La actitud de Maite Parra y su equipo de sirvientes, entre los que se encuentra el flamante secretario, hacen que se gobierne en Ibi al estilo Hugo Chavez. Por el bien general esto debe de cambiar de forma radical. Maite Parra fuera del ayuntamiento YA.

  11. Me queda una duda: cuando aquí en los comentarios se habla del “Secretario” y del “secretario del consejo de administración” ¿Se refiere al Sr. Secretario del Ayuntamiento de Ibi o del nombrado para esa sesión? Porque de ser así …

  12. UFFF!!!

    Ahora sí que me habéis dejado planchado. No soy abogado, por supuesto, sólo soy un contribuyente más, pero esta última decisión junto con el informe de las grabaciones plenarias por el público (contrario a las múltiples sentencias judiciales)… como dicen en mi pueblo “¡mosca hi ha en l’arròs!”

  13. “la interpretación de dicha tranquilidad así como de las situaciones en que se vea comprometida, tiene un cierto componente subjetivo y se basan en una valoración personal de la Alcaldía”. debería continuar: “dado el estado psico-emocional de la susodicha no puedo hacer otra cosa que desestimar esta valoración, y por tanto resuelvo que está permitida la grabación de los pelnos por cualquier persona dada la falta de motivación en su prohibición” firma: el secretario municipal (letrado, inamovible, acreditado e imparcial)

  14. Y a todo esto en el Ayuntamiento de Almoradí sí que puede aparecer Fenoll (el del Brugal) interrupir la sesión, decir de todo, amenazar a un concejal y conseguir que aplace la votación…no es que aplauda esto, es que ni tanto ni tan calvo, porque en el de Ibi no se puede ni parpadear, ni toserle a la Diosa(y lo dice uno que lo sabe de primera mano), el que viene al pleno y no piensa como ella es judío-masón y amenaza terrorista antipatríota.

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